Información general
Nombre del conflicto |
La lucha por el agua de las 7 comunidades de Tacuba |
Localización |
Centroamérica/EL Salvador/departamento de Ahuachapán/municipio de Tacuba/comunidades |
Coordenadas |
13.9046926,-89.9086294,659 |
Ecosistema |
Bosque secundario: café |
Temporalización |
Conflicto de data alta (2007-2023) |
Intensidad del conflicto |
Latente |
Origen del conflicto |
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Actividad económica |
Prestación del servicio de agua potable |
Tipo de conflicto |
Conservación de mantos acuíferos |
Bienes y mercancías en disputa |
Agua, tierra, sistema de provisión de agua potable y fuente comunitaria. |
Descripción Del conflicto
La lucha por el agua de las 7 comunidades de Tacuba |
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Los habitantes de “Las Siete Comunidades de Tacuba”, departamento de Ahuachapán, se organizaron para contar con el servicio de provisión de agua potable, y en 1995 con el financiamiento de la cooperación internacional lograron la construcción de un sistema de provisión de agua potable, y constituyeron la Asociación de Desarrollo Comunal la Bendición de Dios (ADESCOBD), a efecto de que administrará el referido sistema, sin embargo durante 11 años los directivos se “entronizaron” y realizaron actos de corrupción y no rindieron los informes financieros correspondientes; ante tal situación el 12 de marzo de 2007 en asamblea general se destituyeron a los directivos señalados de actos de corrupción y se eligió una nueva junta directiva, sin embargo el entonces alcalde de Tacuba JOEL ERNESTO RAMÍREZ ACOSTA, de forma ilegal y arbitraria ordenó no inscribir la referida Junta Directiva y no entregar las credenciales. Situación que fue el inicio, aprovechándose de su condición de alcalde, de una estrategia que culminó con la apropiación ilegal del patrimonio comunitario por parte de la municipalidad de Tacuba. Ante la referida acción ilegal del entonces alcalde, el 3 de septiembre de 2007 los líderes de las 7 comunidades interpusieron una demanda ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, la que fue resuelta a favor de las “Las Siete Comunidades de Tacuba”, el 12 de septiembre de 2012, declarando ilegal el acto de no inscribir a la Junta Directiva y de no entregar las credenciales. Mientras la referida Sala conocía la demanda interpuesta, en el año 2008 la municipalidad de Tacuba acreditó de manera ilegal una Junta Directiva paralela, la cual irrespetando los estatutos y disposiciones del Código Municipal “aparentó una donación” del patrimonio comunitario a la municipalidad, cuyo concejo municipal aceptó la supuesta donación, y además disolvió y liquidó a la ADESCOBD en el 20 de agosto de 2009, ante tal arbitrariedad el 22 de marzo de 2010 se interpuso un recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, el cual fue admitido el 28 de mayo del mismo año y además dictó una medida cautelar que suspendió o congeló la transferencia del patrimonio comunitario y la disolución y liquidación de la ADESCOBD, en consecuencia las comunidades continuaron administrando el sistema de provisión de agua. En el año 2011, a petición del entonces alcalde de Tacuba JOEL ERNESTO RAMÍREZ ACOSTA, el Fiscal Auxiliar MIGUEL SANTIAGO GROSS SALAZAR realizó las diligencias para procesar penalmente a los principales líderes de “Las Siete Comunidades de Tacuba”, sin embargo, en razón de la medida cautelar dictada por la Sala de lo Constitucional, no continuaron con su plan. El 14 de mayo de 2014, la Sala de lo Constitucional dicto una resolución en la cual expresó que no conocería el fondo de la demanda planteada porque por los elementos expuestos no fueron suficientes para determinar si existió o no el agravio de trascendencia constitucional, dejando abierta la jurisdicción ordinaria civil, a la que la ADESCOBD decidió acudir para revertir la expropiación ilegal realizada por la municipalidad de Tacuba. Pero el entonces alcalde y el Fiscal Auxiliar GROSS SALAZAR, retomaron su plan de criminalizar la lucha por la gestión comunitaria del agua y el 22 de julio del 2016 el referido Fiscal ordenó la captura de 11 líderes, de los cuales capturaron 6, en su mayoría adultos mayores, quienes fueron tratados como criminales. La audiencia inicial se celebró 27 de julio de 2016 en el Juzgado de Paz de Tacuba, Ahuachapán y el Juez no encontró mérito para que los líderes continuaran detenidos y decreto su libertad, y dado la particularidad del proceso penal salvadoreño, dictó el auto de instrucción formal por los delitos de usurpación de inmueble, hurto de fluidos y hurto agravado. En la primera audiencia la Jueza de Instrucción de Ahuachapán, con base a los elementos probatorios aportados, resolvió que solo el delito de “Hurto de Fluidos” se conociera en la vista pública; Como el Fiscal Auxiliar MIGUEL SANTIAGO GROSS SALAZAR apeló la resolución de la Jueza de Instrucción de Ahuachapán, la Cámara de lo Penal resolvió que también se procesará por el delito de “Hurto Agravado” a los líderes de “Las Siete de las Comunidades de Tacuba”. El Tribunal de Sentencia de Ahuachapán, sin pruebas suficientes y pertinentes condenó a los líderes a la pena de 40 días multas, sentencia que fue apelada ante la Cámara de lo Penal el 16 de enero de 2018, la que confirmó la condena y se presentó el recurso de casación ante la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, declarando prescrita la acción penal referente al delito de “Hurto de Fluidos” En razón de que la Jueza de Instrucción de Ahuachapán no admitió las pruebas aportada por la defensa, el Juzgado de Sentencia de Ahuachapán, al exponerle dicha situación declaró en dos ocasiones la nulidad absoluta parcial de las actuaciones de la Jueza. Posteriormente se nombró a otro Juez, y dado que la Fiscalía no se presenta a la audiencia especial de aportación de prueba, se reprogramó en varias oportunidades con respecto al delito de “Hurto Agravado”, el cual contempla una pena entre 5 a 8 años, todavía dicha audiencia no se ha realizado. |
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Paralelismo con otro caso a nivel nacional |
Comunidad Divina Providencia, Aguilares |
Desarrollo del conflicto
Actores empresariales |
Sin participación |
Actores gubernamentales |
Alcaldía Municipal de Tacuba durante la gestión del señor Joel Ernesto Ramírez Acosta del partido ARENA |
Sociedad civil movilizada |
Las 7 comunidades de Tacuba: El Rodeo I, El Rodeo II, San Francisco, La Pandeadura, Loma Larga, San Rafael y La Puerta -ADESCOBD-, FORO DEL AGUA, PROVIDA, CDC y UNES |
Incidencia y movilización en el caso |
Durante una semana se bloqueó el paso vehicular en la carretera de Ahuachapán hacia Tacuba, se realizaron manifestaciones y enfrentamientos entre los antimotines y las personas defensoras del Derecho Humano al agua (marzo de 2007) Demanda ante la sala de lo contencioso |
Estimación de impactos patentes o potenciales
Población afectada |
7 comunidades aledañas de la zona. |
Ambientales |
La finca Fontán (26 manzanas), donde se encuentra la principal fuente del sistema fue descuidada y se ha desaprovechado la producción de café. |
Sanitarios |
Ante la escasez de agua se produce un deficiente sistema de saneamiento e higiene, provocando diversas enfermedades diarreicas, infecciones, incluso la muerte. |
Socioeconómicos |
El sistema de provisión de agua tiene 29 años, superando su vida útil. Por la inseguridad jurídica que generó el conflicto no se realizaron las inversiones necesarias para rehabilitar el sistema o la construcción de uno nuevo. |
Diferenciados en mujeres |
La falta de provisión de agua en las comunidades ha provocado que sean las mujeres las más afectadas, ya que son ellas quienes asumen la responsabilidad de asegurar de una u otra forma el abastecimiento del vital líquido en sus hogares. |
Visión a futuro
Estado actual |
Los habitantes de las 7 comunidades sufren un severo racionamiento en el suministro del agua potable debido a que el sistema superó su vida útil, el número de familias usuarias pasó de 904 a aproximadamente 3,500 y la inseguridad jurídica provocó una alta mora en el pago de la tarifa, ya que un alto porcentaje de las personas usuarias no pagaban, otras cancelaban la tarifa en la alcaldía y un porcentaje menor pagaba a la ADESCOBD. En razón que existía un conflicto social y legal en relación a la propiedad del sistema de provisión, el inmueble o la finca La Fontán (donde se encuentra la principal fuente de agua) y con respecto a la administración, y considerando que este tipo de proyecto requiere una inversión millonaria, no se era viable gestionar ante la cooperación internacional el financiamiento para la rehabilitación del mismo o la construcción de un nuevo sistema. Cabe aclarar que la ADESCOBD con sus limitados recursos ha invertido en mejoras de pequeña escala en aras de mejorar el abastecimiento del agua y paliar el severo racionamiento. El actual gobierno municipal (1 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2024) aprobó los nuevos estatutos y la personería jurídica a la ADESCOBD, y le cedió administración, y además autorizó al alcalde la firma del contrato de COMODATO O PRÉSTAMO DE USO sobre la finca El Limo (Fontán) por el plazo de 100 años. En el año 2022 la alcaldía financió la elaboración de una carpeta técnica para rehabilitar el sistema de provisión de agua y existe el compromiso de financiar las obras necesarias para mejorar el servicio de agua potable. En cuanto a la criminalización de los defensores del derecho humano al agua y de la gestión comunitaria, de los 3 delitos que se le imputaron, a la fecha se logró establecer su inocencia en relación con los delitos de usurpación de inmueble y hurto de fluidos, y aún se encuentra en etapa de instrucción el delito de hurto agravado y el fiscal auxiliar no ha asistido a las audiencias señalas como estrategia para dilatar el proceso. |
Documentación del conflicto
Fuente: visitas de campo |
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Fuente: visitas de campo |
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Fuente: visitas de campo |
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Fuente: visitas de campo |